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Prevención de riesgos laborales para empleadas de hogar en Ciudad Real: cómo cumplir el RD 893/2024 sin complicarte

Desde noviembre de 2025 todos los empleadores particulares de empleadas de hogar en España están obligados a tener un plan de prevención de riesgos laborales en su domicilio. Lo establece el Real Decreto 893/2024, que adapta la Ley de Prevención de Riesgos Laborales al sector del empleo doméstico.

La obligación es real y afecta a cualquier familia con empleada de hogar contratada, independientemente de las horas. Pero la realidad es que es una gestión tediosa, técnica y poco intuitiva: hay que evaluar riesgos del hogar, formar a la trabajadora, registrar todo en la plataforma oficial Prevención10.es y mantener documentación archivada.

En esta guía te explicamos qué obliga la norma, qué riesgos se contemplan, qué pasa si no la cumples y cómo te lo gestionamos nosotros en Ciudad Real para que no tengas que ocuparte de nada.

Qué obliga el RD 893/2024

El Real Decreto 893/2024, en vigor desde el 14 de noviembre de 2025, establece que todos los empleadores de empleadas de hogar deben:

  • Realizar una evaluación de riesgos específica del domicilio
  • Elaborar un plan de prevención con las medidas correctoras
  • Proporcionar formación e información a la trabajadora sobre los riesgos del puesto
  • Garantizar la vigilancia de la salud mediante reconocimientos médicos
  • Entregar a la trabajadora los equipos de protección necesarios cuando proceda (guantes, calzado adecuado, productos de limpieza seguros)
  • Conservar y firmar la documentación con la empleada

La evaluación se hace a través de Prevención10.es, la herramienta gratuita del Ministerio de Trabajo, donde el empleador debe registrarse, contestar un cuestionario sobre el hogar y descargar la documentación generada.

Qué riesgos se evalúan en un hogar particular

El sistema contempla los riesgos típicos del trabajo doméstico que muchas familias ni siquiera identifican como tales:

  • Caídas al mismo nivel: suelos mojados, alfombras, cables sueltos
  • Caídas en altura: uso de escaleras, banquetas, taburetes para limpiar
  • Productos químicos: lejías, amoniaco, mezclas peligrosas
  • Manipulación de cargas: levantar a personas mayores, mover muebles, cargas de la compra
  • Cortes y quemaduras: uso de cuchillos, plancha, horno, fuego
  • Riesgos eléctricos: aparatos en mal estado, enchufes sobrecargados
  • Riesgos psicosociales: situaciones de estrés, soledad, conflictos en el hogar
  • Riesgos biológicos: contacto con personas enfermas, residuos sanitarios

Para cada riesgo identificado hay que indicar las medidas preventivas aplicadas: por ejemplo, si la empleada usa escalera, asegurarse de que esté en buen estado y sea estable; si manipula productos químicos, proporcionar guantes y formación sobre productos incompatibles.

Qué pasa si no lo cumples

El incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales tiene consecuencias importantes:

  • Sanciones administrativas por parte de la Inspección de Trabajo, que pueden ir desde varios cientos hasta varios miles de euros según la gravedad
  • Responsabilidad del empleador en caso de accidente: si la trabajadora sufre un accidente y no había evaluación de riesgos, formación o medios de protección, el empleador puede ser responsable directo de las consecuencias económicas
  • Recargo de prestaciones: si se acredita falta de medidas de seguridad, las prestaciones que cobre la trabajadora pueden recargarse entre un 30% y un 50% a cargo del empleador
  • Pérdida de bonificaciones en cotizaciones a la Seguridad Social

El RD 1620/2011, en su artículo 7.2, ya establecía la obligación genérica del empleador de "cuidar de que el trabajo del empleado de hogar se realice en las debidas condiciones de seguridad y salud". El RD 893/2024 lo concreta y lo hace exigible.

Por qué es complicado hacerlo solo

Sobre el papel, Prevención10.es es gratuita y "fácil de usar". En la práctica, los empleadores particulares se encuentran con varios problemas:

  • Hay que registrarse en la plataforma con certificado digital o Cl@ve
  • El cuestionario tiene cientos de preguntas técnicas sobre el hogar
  • Hay que generar documentación firmada, archivarla y entregar copia a la trabajadora
  • Si se modifican las condiciones (cambio de empleada, cambio de tareas, reformas en casa), hay que actualizar todo
  • La formación a la trabajadora debe documentarse
  • Los plazos y revisiones son responsabilidad del empleador

Resultado: la mayoría de familias o no lo hacen, o lo hacen mal y se exponen a sanciones sin saberlo.

Cómo lo gestionamos en AsisteHogar

Para nuestros clientes con cuota mensual de gestión laboral en Ciudad Real, el plan de prevención de riesgos está incluido sin coste adicional. Nos encargamos de todo el proceso:

  • Cumplimentamos el cuestionario de Prevención10.es por ti
  • Generamos la evaluación de riesgos adaptada a tu hogar
  • Elaboramos el plan de prevención con las medidas correctoras
  • Preparamos la documentación de formación e información para la trabajadora
  • Te entregamos los documentos firmados y archivados, listos para una posible inspección
  • Actualizamos el plan ante cualquier cambio (nueva empleada, nuevas tareas, reformas)

Si todavía no eres cliente y solo necesitas el plan de prevención puntual, también podemos hacértelo de forma independiente. Contacta con nosotros para que te informemos del coste.

Errores frecuentes que vemos en Ciudad Real

  • Pensar que la obligación solo afecta a internas o a jornadas completas (afecta a cualquier empleada, aunque venga 4 horas a la semana)
  • Dejarlo "para más adelante" cuando la inspección puede llegar en cualquier momento
  • Hacer la evaluación en Prevención10.es y no entregar formación documentada a la trabajadora
  • No actualizar el plan al cambiar de empleada
  • No conservar la documentación firmada
  • Confundir "tener seguro" con "tener plan de prevención": son cosas distintas y obligatorias por separado

Preguntas que recibimos a menudo

¿Tengo que hacerlo aunque la empleada solo venga unas horas a la semana?

Sí. La obligación afecta a todos los empleadores particulares con empleada de hogar contratada, sin importar el número de horas.

¿La trabajadora tiene que firmar algo?

Sí. Debe firmar la formación e información recibida sobre los riesgos del puesto y las medidas preventivas. Esa firma es la prueba de que el empleador ha cumplido.

¿Cada cuánto hay que revisar el plan?

Cuando cambien las condiciones del trabajo: nueva empleada, modificación de tareas, reformas en el domicilio, incorporación de nuevos equipos. En cualquier caso, una revisión anual es recomendable.

¿Qué pasa si la empleada se accidenta y no tengo plan?

El empleador puede ser declarado responsable directo. Además del recargo de prestaciones (entre el 30% y el 50%), pueden derivarse sanciones de la Inspección de Trabajo y responsabilidad civil.

¿Necesitas el plan de prevención de riesgos para tu empleada de hogar en Ciudad Real?

Si eres cliente, ya está incluido en tu cuota. Si todavía no lo eres, te lo gestionamos sin que tengas que ocuparte de nada.

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Artículo actualizado en 2026 según el Real Decreto 893/2024 sobre prevención de riesgos laborales en el ámbito del empleo doméstico, en vigor desde el 14 de noviembre de 2025.

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